La inclusión educativa desde la Corte Constitucional
View/ Open
Date
2018-12Author
Perilla Granados, Juan Sebastián Alejandro
Metadata
Show full item recordDocuments PDF
Abstract
Los últimos dos sistemas jurídicos colombianos representan
dos opuestos iusteóricos, pues la Constitución
de 1886 se adscribió al formalismo y la Constitución
Política de 1991 es marcadamente antiformalista. Esto
tiene consecuencias en la forma de interpretar y aplicar
el derecho, impactando las relaciones que se gestan en el
conglomerado social. El formalismo, comprende que el
derecho tiene una aspiración de suficiencia, pues puede
responder a las diferentes situaciones que se presentan
desde la fuente tradicional del derecho: la ley. Por lo tanto,
los operadores jurídicos deben adelantar interpretaciones
miméticas fundamentadas en métodos como la exégesis,
el sistemático, el histórico y el teleológico. Así, lo que no está escrito en la
norma no es válido, exigiendo la materialización máxima del positivismo e
incluso el iusnaturalismo.
Abstract
Los últimos dos sistemas jurídicos colombianos representan dos opuestos iusteóricos, pues la Constitución de 1886 se adscribió al formalismo y la Constitución Política de 1991 es marcadamente antiformalista. Esto tiene consecuencias en la forma de interpretar y aplicar el derecho, impactando las relaciones que se gestan en el conglomerado social. El formalismo, comprende que el derecho tiene una aspiración de suficiencia, pues puede responder a las diferentes situaciones que se presentan desde la fuente tradicional del derecho: la ley. Por lo tanto, los operadores jurídicos deben adelantar interpretaciones miméticas fundamentadas en métodos como la exégesis, el sistemático, el histórico y el teleológico. Así, lo que no está escrito en la norma no es válido, exigiendo la materialización máxima del positivismo e incluso el iusnaturalismo.
Collections
- Parte de Libro [163]